Uno de los temas de mayor
urgencia en nuestra sociedad es el relativo a los Derechos Humanos, entendidos
estos como la relación que se mantiene entre el Estado y los ciudadanos con
“libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes
primarios o básicos” que incluyen a toda persona por el simple hecho de serlo.
El concepto de derechos humanos es considerado como universal, intransmisible,
irrenunciable e inherente a todo individuo, con la intención de garantizar
equidad y protección a los seres humanos.
No obstante, los grandes
avances en las últimas cuatro décadas en el ámbito de la salud, la violación a
estos derechos es un sentimiento que la población percibe, en diversos grados
en el transcurrir cotidiano. En este sentido, la Declaración Universal de
Derechos Humanos se ha transformado en un punto de referencia obligado para
cualquier discusión de carácter ético-político, al considerar a todos los seres
humanos, desde la población indígena sin acceso efectivo a las instituciones de
salud, campesinos que son discriminados y marginados, sin el poder adquisitivo
para medicamentos y tratamientos; trabajadores asalariados que reciben atención
en instituciones públicas con largos tiempos de espera; enfermos que no pueden
ser atendidos adecuadamente por una infraestructura de servicios y equipamiento
deficiente; mujeres embarazadas que sufren maltratos durante la atención del
embarazo, parto y puerperio; en tanto que la población en general se encuentra
expuesta al otorgamiento de una atención médica que con frecuencia descuida la
seguridad de los pacientes y sus familiares.
Ante estos hechos, es
importante recordar que en 1948 fue redactada la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, con el propósito de defender los derechos fundamentales de la
persona, en el que se reconoce a la salud como parte de ellos y en su artículo
25 menciona que “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación,
el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales
necesarios”. Es así como el derecho a la salud es reconocido como un derecho
más que indispensable, es fundamental para poder ejercer otros derechos
humanos.
Este derecho considera
libertades y derechos; entre las libertades se incluye el derecho de las
personas de controlar su salud y su cuerpo; derechos sexuales y reproductivos,
y sin injerencias; torturas y tratamientos, y experimentos médicos no
consensuados. Entre los derechos se consideran el derecho de contar con el
acceso a un sistema de protección de la salud que permita que todas las
personas obtengan las mismas oportunidades de disfrutar el grado máximo de
salud que se pueda alcanzar.
Las políticas y programas
de salud deben promover los derechos humanos, en función de la manera en que se
formulen y se apliquen. La adopción de medidas orientadas a respetar y proteger
los derechos humanos afianza la responsabilidad del sector sanitario respecto
de la salud de cada persona. En este sentido, debe trabajarse a favor de que
los miembros del equipo de salud se comprometan con los derechos y garantías
contenidas en la Constitución y en los respectivos convenios internacionales
vigentes, los cuales no deben entenderse como exclusión de otros, que siendo
inherentes a la persona humana, puedan no figurar expresamente en ellos.
En México nuestra
constitución contempla dicho derecho, sin embargo hay mucho camino por andar,
para actuar con equidad y efectividad, asegurar el acceso a este servicio y
preservar un derecho que nos beneficia a todos.
El derecho a la salud nos
incluye a todos.
El texto que acabas de leer corresponde al
editorial del boletín 4, el cual puedes consultar en la siguiente liga:
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Grupo técnico de análisis de información de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico
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