Diario Oficial de la Federación del 20 de julio de 2016.
El 21 de julio se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se modifica la denominación, objeto, organización y funcionamiento del órgano desconcentrado Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones, para transformarse en la Comisión Nacional contra las Adicciones como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud.
La Comisión Nacional contra las Adicciones tendrá por objeto ejercer las atribuciones que las leyes y demás disposiciones aplicables otorgan a la Secretaría de Salud, en materia de prevención y control de las adicciones, incluyendo aquellas cuya atención requiera de la participación y coordinación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
El Comisionado tendrá las facultades que el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud otorga a los titulares de los órganos administrativos desconcentrados.
El Decreto entra en vigor el 21 de julio de 2016.
Se derogan los artículos 2, apartado A, fracción IV Bis, 10, fracciones XX a XXIII, 11 Ter y 45 Bis, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y todas aquellas disposiciones que se opongan a lo establecido en el Decreto.
La estructura orgánica y ocupacional de la Comisión Nacional contra las Adicciones deberá ser autorizada por la SHCP y la SFP, en el ámbito de sus respectivas competencias, de conformidad con las disposiciones aplicables.
El Reglamento Interno de la Comisión Nacional contra las Adicciones deberá ser expedido dentro de los 90 días hábiles siguientes al 20 de julio de 2016.
El Secretario de Salud emitirá el Acuerdo relativo al Consejo dentro de los 30 días hábiles posteriores al 21 de julio de 2016.
El 21 de julio se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-034-STPS-2016, Condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo.
El Objetivo de la NOM es establecer las condiciones de seguridad para proteger la integridad física y salud de los trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo, así como para el acceso y desarrollo de sus actividades.
La NOM aplica en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo, donde laboren trabajadores con discapacidad.
La NOM entrará en vigor a los 60 días naturales siguientes al 20 de julio de 2016.
A la entrada en vigor de la NOM quedará sin efectos el numeral 7.1.3 de la NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad, publicada en el Diario Oficial de la Federación de 24 de noviembre de 2008.
María Ahuja.
Directora de Coordinación de Control de Gestión y Seguimiento
Subcomisión Jurídica
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